Liquidación del presupuesto de 2025 y fiscalización del gasto: Una liquidación con baja ejecución y descuadre de ingreso , una gestión mejorable con múltiples observaciones.


En el pleno del pasado jueves 30 de abril, en el que se presentaba la liquidación del ejercicio 2025, el grupo socialista realizó las siguientes consideraciones y reflexiones 

El presupuesto del año 2025 ascendió a más de 34 millones de euros, que con las modificaciones realizadas alcanzó los 41 millones. Ahora bien, cuando se presentan los dato de la ejecución el presupuesto nos encontramos que con que este ha superado escasamente los 30 millones lo que supone un grado de ejecución del 72% mientras que las inversiones reales son  de 9.993.048 y las ejecuciones de inversión son de 5.217.548 un 52%,  una reducción importante. 

Esto quiere decir que de los presupuestos de 2025 han quedado sin ejecutar un total de 11.649.186€. De estas partidas se pueden incorporar al presupuesto del 2026 una cantidad de 3.979.387€, quedando fuera de ejecución en el año 2025 un total de 7.669.799€.

Si  nos referimos a la realización de los gastos reconocidos el grado de ejecución se sitúa en el 88,70%, siendo inferior al  ejercicio anterior debido al menor grado de pago. En lo que respecta al remanente de tesorería, cumpliendo la condición de sostenibilidad al no existir deuda, el ejercicio del 2025 ha resultado positivo.

Hay que recordar que en el ejercicio del 2021 Abotzaniz presentó una enmienda a la totalidad donde entre otras cosas decía  que a la hora de elaborar un presupuesto una de las condiciones era el “principio de precisión,  donde los ingresos y gastos previsibles en la ejecución deben aproximarse lo más posible al documento presupuestario” 

Pues bien en el capítulo de gastos de ejecución nos encontramos con que del ejercicio del 2025 las obligaciones reconocidas son el 72%, muy por debajo de los presupuestos definitivos del 2025. Los ingresos presupuestados  fueron  de 34.262.533 euros y los derechos reconocidos como ingresos de 30.077.054. Una diferencia de 3.813.627 euros que  supone un 11%, un descuadre importante  en la liquidación del 2025.

Si analizamos la partida de aprovechamientos urbanísticos, que se planteó con unas previsiones de ingresos de 4.503.222€, aunque solamente se recaudó el 1,69%. Nos referimos a una previsión de ingresos, que ya fue planteada por el grupo socialista en su momento como irreal, y que se utilizó  fundamentalmente para inflar el presupuesto con el fin de plantearlo con fines diferentes a una política de rigor presupuestario. 

Como conclusión podemos decir que esta ejecución presupuestaria  es del 72% y que el capítulo de inversiones reales es el 52%, por lo que  sigue siendo mejorable e  insuficiente  su ejecución. En el capítulo de ingresos la política de este equipo de gobierno fue, en el momento de la elaboración presupuestaria, inflar los ingresos lo que a la postre nos lleva a que en el ejercicio del 2025 los ingresos liquidados representan un descuadre importante en el ejercicio. 

Si nos referimos al control financiero también en este capítulo aparecen una serie de novedades importantes que demuestran una carencia  de control a la hora de aplicar las contrataciones y a la ejecución de los gastos que no se ajustan a criterios con sentido común. 

En el debate del pleno el grupo  socialista llevó a cabo una lectura de las partidas que aparecen  en el informe de fiscalización que merecen ser tenidas en cuenta.

En la relación de actuaciones de control interno 2025 se han emitido 556 informes de fiscalización que ha tenido una tipología diversa: 

-Se han emitido 41 reparos, al haberse  apreciado la existencia de incumplimientos de la normativa aplicable o de ausencia de requisitos considerados esenciales en la tramitación de los expedientes

- En las incidencias detectadas, y manifestadas como observación, se encuentran temas relacionadas como inseguridad presupuestaria en la contabilización  de nóminas, vulneración del principio  de igualdad en los procesos selectivos y en los concursos de méritos al aplicar baremaciones , advirtiendo que incumple el criterio marcado por la  jurisprudencia

- En materia de subvenciones y premios , independientemente de las conclusiones extraídas a posteriori, se detectan facturas simplificadas a nombre de terceros , falta de regulación aprobadas por el pleno, ausencia de comprobaciones fiscales y de la seguridad social 

- Observaciones en materia de contratación y facturación. Se contempla la reiteración de uso de contratos menores. Se detectan múltiples gastos relativos a contratos menores que se realizan de forma continuada para servicios recurrentes y previsibles o que superan el umbral legal. Se advierte la necesidad de proceder a su correcta licitación.

- Utilización indebida de la figura de convenio frente a la contratación pública tema, que se da en el expediente TXOS 220.

- Irregularidades en la gestión de prórroga y adhesiones en el acuerdo marco. Se han producido extralimitaciones en el acuerdo marco TXOS 56 y deficiencias en la tramitación de la prórroga en el expediente TXOS 47.

- En lo referente al autobús urbano no haber aprobado la ordenanza reguladora de la prestación  patrimonial pública de carácter público no tributario. La  memoria no justifica que la gestión indirecta sea más eficiente que la directa

- Deficiencia en la imputación presupuestaria y gestión de remanente se hace constar la improcedencia detectada en el expediente TXOS 148, donde se pretendieron utilizar remanentes de crédito vinculados para gastos de otros ejercicios 

- Conclusiones en subvenciones donde no se constata el grado de cumplimiento en la justificación de las subvenciones. Solo el 13 % se consideran conformes a la vez que se señala un uso incorrecto de documentos como errores en el cálculo del importe de subvenciones 

-En  numerosos  casos se ha procedido al pago total de la subvención sin que se haya verificado el requisito elegido. En ocasiones se han detectado deficiencias en el procedimiento de justificación, prácticas frecuentes por la utilización de gastos indirectos con falta de petición de presupuestos comparativos 

La conclusión en contratos menores es otra de las cuestiones que aparecen en este documento de fiscalización:

-Con carácter general los contratos menores analizados respetan los límites cuantitativos establecidos en el artículo 118 de la ley 9/2015. No obstante se constata la existencia de un número significativo de contratos cuyos informes se sitúan de forma reiterada muy próximas a ciertos límites.

-Uso intensivo de contratos menores,  especialmente en el ámbito de servicios. El análisis evidencia un elevado número de contrataciones menores  por lo que es necesario extremar la planificación y la definición previa de las necesidades a cubrir.

-Se constata que en un número relevante  de expedientes no se ha recabado la solicitud de varios presupuestos, sin que en todos los casos la justificación  aportada resulte suficientemente concreta.

-Existencia de concentraciones relevantes de contratación con determinados proveedores

-indicios de fraccionamiento por reiteración de contratos de objeto coincidente. Sin perjuicio de que no se pueda afirmar de manera concluyente la existencia de fraccionamiento indebido, en todos los supuestos analizados se detectan indicios relevantes derivados de la reiteración de contratos menores con objetivos similares. 

Estos casos señalados evidencian la necesidad de una planificación  previa más rigurosa. Es necesario reforzar la planificación y el control de los contratos menores. De lo anterior se concluye que el ayuntamiento de Hondarribia cumple los límites legales, resulta necesario reforzar la planificación de la contratación 

En referencia a los premios se observa un incumplimiento generalizado en la aprobación de bases reguladoras en la totalidad de los expedientes analizados, la inadecuación del procedimiento seguido en régimen de concurrencia competitiva y ausencia de verificación de los requisitos. 

En el informe de control financiero permanente se han realizado 33 informes que se han concentrado en tres ámbitos de gestión.

Desde el punto de vista del resultado la mayoría de los informes emitidos presentan carácter favorable. No obstante es significativo el número  de casos en los que el pronunciamiento favorable se acompaña de observaciones o advertencias de carácter económico financiero.

Del análisis de  conjunto de los informes emitidos se desprenden  varias observaciones recurrentes de carácter general:

-Se advierte, reiteradamente, sobre el riesgo de inestabilidad  presupuestaria derivada de la financiación de modificaciones de crédito mediante el remanente  líquido de tesorería.

-Se aprecian desequilibrios entre los ingresos obtenidos y los costes reales de determinados servicios y actividades municipales.

-Se recomienda la revisión de tasas, precios públicos y tributos municipales, planteándose  una evolución similar a los gastos municipales con el objetivo de preservar el equilibrio económico-financiero del Ayuntamiento. 

Con respecto a la tramitación de los presupuestos para el 2026 se han detectado determinadas deficiencias de carácter procedimental.

En conjunto, la actuación de control financiero permanente realizada durante el 2025 permite concluir que la actividad administrativa analizada se ajusta a la legalidad formal con las salvedades planteadas en los párrafos anteriores. 

Desde nuestro punto de vista, una lectura exhaustiva del informe de intervención, demuestra que la actividad de este ayuntamiento es francamente mejorable y es necesario corregir algunas de las prácticas con el fin de que la actividad municipal sea efectiva para los intereses de los ciudadanos.  

 


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